Becas

Reglamento de Becas

ARTÍCULO 1°: El Régimen de otorgamiento de Becas para Alumnos del Escuela Parroquial San Pablo Apóstol tiene por finalidad facilitar y estimular la realización de los estudios de Nivel Inicial, Primario y Secundario que se dictan en su seno, y su funcionamiento tendrá especialmente en cuenta los objetivos de calidad, equidad y transparencia.

ARTÍCULO 2°: Las Becas son únicas y exclusivamente de ayuda social económica (aplicable a cualquiera de los tres niveles).

ARTÍCULO 3°: Las Becas estarán destinadas a facilitar la prosecución de los estudios, en cualquiera de los niveles a alumnos que acrediten de modo fehaciente, y previa visita de una Trabajadora Social que envíe el Instituto, una situación económica permanente o circunstancial que le impida realizar estudios en la Escuela Parroquial San Pablo Apóstol, y siempre que ésta dificultad persista durante el transcurso del año lectivo.

ARTÍCULO 4°: Para acceder a la solicitud de las Becas, las familias NO DEBERÁN POSEER DEUDAS con la ESCUELA PARROQUIAL SAN PABLO APÓSTOL al momento de la solicitud, SIN EXCEPCIÓN, y el alumno deberá tener por lo menos un año de cursado en el mismo, como mínimo.

ARTÍCULO 5°: Cada familia podrá requerir y presentar solamente 1 (una) solicitud de Becas.

ARTÍCULO 6°: El número de Becas a otorgar no excederá al 10% del total de alumnos inscriptos, proporcional al número de cada nivel.

ARTÍCULO 7°: Las Becas asignadas son intransferibles a otro alumno del establecimiento.

ARTÍCULO 8°: Las Becas para alumnos consistirán en la eximición parcial de los aranceles que la Escuela establezca.

De las condiciones para ser beneficiario

ARTÍCULO 9°: Para aspirar a las Becas el alumno deberá:

  • Retirar de Administración el formulario de solicitud de Becas, en el tiempo establecido.
  • Aceptar la visita social de la Trabajadora Social que designe la Escuela en el domicilio denunciado.
  • Acreditar los extremos que prevé el artículo 3 de este Régimen con la documentación requerida.
  • Solventar los gastos por honorarios profesionales de la Trabajadora Social.

ARTÍCULO 10°: Una vez presentada la solicitud de Becas y cumpliendo con los requisitos mencionados, se dispondrá la intervención de una Trabajadora Social, quien realizará un informe técnico, previa visita social a los domicilios de los solicitantes.

ARTÍCULO 11°: Las manifestaciones de los alumnos o de sus padres o tutores relacionadas con la situación económica tendrán el carácter de declaración jurada y las falsedades que pudieren contener serán causal de extinción de las Becas y otro tipo de sanciones, incluido el derecho de admisión.

ARTÍCULO 12°: El otorgamiento y administración de la Beca estará a cargo del Consejo Directivo, presidido por el Representante Legal, e integrado por el Director General y los Equipos Directivos de cada uno de los niveles.

ARTÍCULO 14°: Las resoluciones del Consejo Directivo serán inapelables.

De la solicitud y renovación

ARTÍCULO 15°: Las Becas deben solicitarse por escrito, en los plazos que el Consejo Directivo fijare cada año, acompañando la documentación que en cada caso se requiera.

ARTÍCULO 16°: Las Becas se acordarán inicialmente por el término de un año, debiendo los beneficiarios solicitar anualmente su renovación.

Causales de extinción

  • El incumplimiento de las condiciones establecidas.
  • La falsedad en las declaraciones juradas que se presenten.
  • El abandono de los estudios por parte del beneficiado.
  • La finalización normal de los estudios.

Requisitos - Documentación a presentar

  1. Nota dirigida al Representante Legal expresando los motivos de la solicitud.
  2. Fotocopias de DNI del padre y madre o tutores.
  3. Si es empleado en relación de dependencia: Fotocopia del último recibo de sueldo.
  4. Trabajadores independientes: Fotocopia de pago del mes de octubre en AFIP.
  5. Jubilados y/o pensionados: Fotocopia de recibo de cobro del mes de octubre.
  6. Desocupados: Negativa de ANSES de los padres o tutores.
  7. Otros ingresos: comprobante de cuota alimentaria y asignación universal por hijo.
  8. Fotocopia del pago de septiembre y octubre de servicios (agua, luz, gas, teléfono, cable, Internet, impuestos).
  9. Fotocopia del último pago de tarjetas de crédito (septiembre y octubre).
  10. Vivienda: si es alquilada, fotocopia de recibo de alquiler. Si hay crédito de vivienda, fotocopia de cuota mensual.
  11. Otra documentación relevante: medicina prepaga, actividad deportiva, cultural, idiomas.
  12. Presentar la Declaración Jurada de solicitud de beca.
  13. La presentación incompleta de documentación impedirá el otorgamiento de la ayuda.